EL INTERVENTOR PRESENTO APELACION CON LO QUE SE REVERTIRIA LA SITUACION EN LA C.A.T.

CONTINUA LA INCERTIDUMBRE
Habiéndose presentado la apelación por graves errores y defectos en la convocatoria a Asamblea por parte de Personas Jurídicas y que beneficiaron indebida e injustificamente a una de las partes, se pidió a Personas jurídicas que anule la Asamblea o que pase las actuaciones a la Cámara de Apelaciones con efecto suspensivo, o sea, que reasuma el interventor y convoque a una nueva Asamblea en forma inmediata. Personas Jurídicas puede aceptarla y reponer en funciones al interventor, aprobarla sin efecto suspensivo, o pasarla directamente a la Cámara de Apelaciones.
En el segundo caso se recurriría a la Cámara para que dicte el efecto suspensivo, y en caso de rechazarlo Jurídicas, se irá a la Cámara con recurso de queja, pidiendo el mismo efecto suspensivo.
Los abogados del interventor son muy optimistas por ser graves y evidentes las falencias previas a la convocatoria y cómo se implementó la misma. FUENTE: http://taekwondocat.com.ar/informacion.asp?var=Titulos&ID=458